Subsidio por Discapacidad

Instructivo para Beneficiarios

Recepción de los trámites 2024 a partir del mes de Noviembre 2023.

Gerencia de Gestión Asistencial

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En el apartado Descargas se encuentra el Instructivo con los requisitos para la presentación año 2024 de la documentación y sus anexos según Resolución 1731/2021 de la Superintendencia de Servicios de Salud.

IMPORTANTE

En caso de inicio, ampliación, modificación de tratamientos individuales y/o institucionales, solo podrán comenzar los tratamientos prescriptos si tienen la autorización emitida por la Obra Social, luego de haber presentado la documentación completa a los fines de la auditoria por parte del Equipo Interdisciplinario.


En caso que la solicitud corresponda a una continuidad de un tratamiento del año anterior deberán presentar la documentación respaldatoria dentro del plazo de 40 días de iniciadas las prestaciones. Caso contrario su vigencia quedará sujeta a la evaluación del Equipo Interdisciplinario.


Solo se autorizarán trámites con la documentación completa según el presente instructivo.


Se deberá presentar el esquema terapéutico completo para su evaluación por el Equipo Interdisciplinario. Caso contrario, el esquema prestacional autorizado será pasible de una reevaluación integral.


Toda la documentación requerida se encuentra sujeta a rectificación de acuerdo a eventuales modificaciones de la normativa vigente de la Superintendencia de Servicios de Salud u otro organismo competente.


La cobertura por discapacidad se otorgará a partir del año de vida.


Únicamente se dará cobertura a las prestaciones que se encuentren contempladas en el Nomenclador de Prestaciones Básicas para Personas con Discapacidad del Ministerio de Salud de la Nación.


En concordancia con lo sugerido por la Superintendencia de Servicios de Salud, el Equipo Interdisciplinario de la Obra Social tendrá la potestad, si correspondiera, de realizar evaluaciones de seguimiento sobre los tratamientos autorizados.

Nueva solicitud

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